El Colegio Oficial de Psicología de Cataluña ha comparecido este 19 de mayo en el Parlamento de Cataluña, en el marco de la Ponencia sobre la Proposición de ley de modificación de la Ley 14/2010, de los derechos y oportunidades en la infancia y la adolescencia, para garantizar los derechos de los menores en acogimiento.
En representación del COPC, Elisa Micciola, vocal y comisionada de Desarrollo Profesional de la Junta de Gobierno, ha trasladado una aportación técnica y psicológica sobre una modificación legislativa que puede tener un impacto directo en la vida de niños y adolescentes en situación de acogimiento.
El COPC ha valorado positivamente el objetivo de proteger los vínculos significativos de los niños y evitar que se rompan por una lógica meramente administrativa. Cuando un niño ha construido una relación estable y segura con una familia acogedora, este vínculo puede convertirse en una fuente de seguridad, regulación emocional, reparación y continuidad vital.
Sin embargo, el Colegio ha advertido de que esta protección del vínculo no puede convertirse en un automatismo. Por este motivo, ha propuesto introducir garantías en el texto legal: diferenciar las modalidades de acogimiento, especialmente el acogimiento de urgencia; sustituir el “ofrecimiento” automático por una “valoración preferente”; exigir informe favorable de los equipos técnicos competentes; incorporar el concepto de "estabilidad psicológica" en vez de "estabilidad emocional"; y recoger la voluntad del niño o adolescente de acuerdo a su edad y madurez.

Maribel Mateo, miembro de la Comisión de Pedagogía Social del Colegio Oficial de Pedagogía de Cataluña y Elisa Micciola, vocal y comisionada de Desarrollo Profesional de la Junta de Gobierno del COPC
El COPC ha remarcado que acogida y adopción son proyectos jurídicos, familiares y psicológicos distintos. Por eso, el paso de una acogida a una situación preadoptiva debe ser valorado caso por caso, teniendo en cuenta el vínculo real con el niño, sus necesidades psicológicas y evolutivas, la historia de trauma o separaciones, la relación con la familia biológica y hermanos, el impacto de una nueva ruptura y la vivencia del niño.
Además, el Colegio ha planteado la necesidad de preservar los soportes terapéuticos, educativos, económicos y de acompañamiento cuando una acogida se transforma en adopción, especialmente en niños con necesidades especiales o trayectorias de trauma temprano. También ha propuesto valorar la cotización de las personas que realizan acogimiento de urgencia.
La posición del COPC se resume en una idea central: sí a proteger el vínculo, sí a evitar rupturas innecesarias y sí a valorar preferentemente a la familia acogedora cuando existe una vinculación estable; pero no a convertir cualquier acogida, especialmente la de urgencia, en una vía preferente hacia la adopción sin una valoración psicológica y social especializada.