El Colegio Oficial de Psicología de Cataluña pone a disposición de las personas colegiadas una bonificación específica dirigida a las personas solicitantes de alta y las personas colegiadas que hayan tenido un bebé pueden beneficiarse de una bonificación durante los seis meses posteriores a la fecha de nacimiento, siempre que trabajen por cuenta propia. Para solicitarla, es necesario aportar el certificado de nacimiento y la vida laboral.
Esta bonificación también se aplica a las personas colegiadas que sean cónyuges o pareja de la madre que ha tenido al bebé, así como a la persona tutora legal. En las mismas condiciones, la bonificación también será de aplicación en caso de adopción, a contar desde el momento en que exista efectivamente convivencia con el hijo o hija adoptado.
Por lo que respecta a la cuota, los importes vigentes son los siguientes:
Alta colegial: 52,07 €
Cuota semestral: 79,39 € / 1 semestre (incluye la aportación al Consejo de 23,78 €)
La bonificación se hará efectiva a partir del semestre posterior a su solicitud. Consulta aquí el proceso de solicitud de la bonificación.