¿Cómo funciona la bonificación por nacimiento o adopción en la cuota del COPC?

Las personas solicitantes de alta y colegiadas que trabajen por cuenta propia pueden beneficiarse de esta bonificación durante los seis meses posteriores al nacimiento o adopción.

El Colegio Oficial de Psicología de Cataluña pone a disposición de las personas colegiadas una bonificación específica dirigida a las personas solicitantes de alta y las personas colegiadas que hayan tenido un bebé pueden beneficiarse de una bonificación durante los seis meses posteriores a la fecha de nacimiento, siempre que trabajen por cuenta propia. Para solicitarla, es necesario aportar el certificado de nacimiento y la vida laboral.

Esta bonificación también se aplica a las personas colegiadas que sean cónyuges o pareja de la madre que ha tenido al bebé, así como a la persona tutora legal. En las mismas condiciones, la bonificación también será de aplicación en caso de adopción, a contar desde el momento en que exista efectivamente convivencia con el hijo o hija adoptado.

Por lo que respecta a la cuota, los importes vigentes son los siguientes:

Alta colegial: 52,07 €
Cuota semestral: 79,39 € / 1 semestre (incluye la aportación al Consejo de 23,78 €)

La bonificación se hará efectiva a partir del semestre posterior a su solicitud. Consulta aquí el proceso de solicitud de la bonificación.

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