Procedimiento para obtener el Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos en Cataluña

El Departamento de Salud establece el procedimiento para obtener el Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos, con dos vías de acceso y reconocimiento estatal, para impulsar una atención sanitaria más humana y especializada.

El Departamento de Salud ha aprobado la Orden SLT/94/2025, de 17 de junio, que establece el procedimiento para la obtención del Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos (DAP) y hace públicas las bases. Esta normativa se enmarca en la ejecución de la Orden estatal SND/1427/202 diplomas a nivel estatal y reconoce la necesidad de una formación específica y acreditada en cuidados paliativos dentro del Sistema Nacional de Salud.

El diploma se dirige a profesionales sanitarios titulados y regulados —como médicos, enfermeras, psicólogos y psicólogas clínicos, psicólogos y psicólogas generales sanitarios y fisioterapeutas— que acrediten formación y experiencia en el ámbito paliativo. El procedimiento contempla dos vías de acceso: ordinaria y excepcional, e incluye la inscripción en el Registro de Profesionales Sanitarios de Cataluña y la comunicación en el registro estatal. Con esta iniciativa, Cataluña da un paso adelante en la profesionalización y reconocimiento de las competencias en cuidados paliativos, contribuyendo a una atención sanitaria más humana, integral y de calidad.

Entre las competencias, procedimientos y técnicas que debería incluir un DAP, las bases muestran diez dominios clave: Actividad Clínica; Psicológico; Atención a la Familia-Cuidadores; Bioética; Trabajo en equipo y liderazgo; Organización y gestión; Docencia e investigación; Sociocultural; Espiritual y Legal.

Hay 2 vías de acceso: extraordinaria y ordinaria, en función de las titulaciones de origen, y las competencias adquiridas de acuerdo a los cuadros de "competencias específicas" y "procedimientos y técnicas propios del área funcional". 

Hay que tener en cuenta los plazos de presentación de solicitudes según la vía de acceso: 

- Vía extraordinaria, disponible sólo seis meses desde su publicación en la normativa autonómica, es decir, desde el 11 de julio de 2025 al 10 de enero de 2026.

- Vía ordinaria, a partir del 11 de enero de 2026.

La presentación de las solicitudes se hará a través del Canal Empresa de la web de la Generalidad y accesible también desde la Sede electrónica de la Generalidad de Cataluña, y deberá ir dirigida a la unidad directiva competente en materia de profesionales de la salud. Para realizar la solicitud es necesario utilizar formularios específicos habilitados, de uso obligatorio, disponibles en el mismo portal e irán acompañados de la documentación acreditativa según la vía de acceso correspondiente.

▷ Puede consultar el documento del DOGC a través del mismo enlace

▷ Para presentación solicitud del DAP, puede clicar en siguiente enlace

▷ Información adicional en el teléfono 012




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